Hoy en día es muy fácil adquirir productos a través de Internet. Multitud de empresas, han creado plataformas o páginas web en las que se puede anunciar la venta de productos de segunda mano.
Una gran parte de los usuarios de estas webs, anuncian sus ventas a través de un pequeño texto en el que se describe el producto y lo acompañan de fotografías propias o fotografías que son propiedad de terceros. Naturalmente, una fotografía hace más atractiva la venta.
Pensemos por ejemplo en la venta de un vestido de una importante firma que un usuario tiene en su armario y para publicar la venta, el usuario utiliza las fotografías del propio catálogo de la firma. Pues bien, esas fotografías que el usuario está utilizando con el fin de vender su vestido, están protegidas por derechos de autor y la firma, que es su verdadero titular, debe autorizar a los usuarios el uso de las mismas.
Ante el uso de esas fotografías en el sentido expuesto, la Ley de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico (LSSI) prevé una derivación de responsabilidad a los prestadores de servicios de la información, en el momento en que éstos tengan conocimiento de que se ha llevado a cabo una conducta ilícita, es decir que sus usuarios están explotando fotografías sin que exista un previo consentimiento por parte de sus verdaderos titulares.
Por lo tanto, si somos conocedores de que nuestras propias fotografías están siendo utilizadas por terceros en este tipo de webs, debemos ponerlo inmediatamente en conocimiento de éstas, pues al ser conocedoras de estos hechos, deben actuar con la diligencia debida, procediendo a la retirada, borrado o incluso al bloqueo de los links. De no llevar a cabo estas prácticas, podrán ser responsables de los daños y perjuicios que puedan ocasionar a los verdaderos titulares de las fotografías, pudiendo instar acciones judiciales en contra de éstas, de conformidad con lo dispuesto en la LSSI y la ley de propiedad intelectual.
Autor: Mercedes Martí