COVID-19: Ampliación de plazo para presentar e ingresar impuestos
Durante el día de hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto 14/2020 de 14 de marzo, por el que se extiende el plazo para presentar e ingresar determinadas declaraciones y autoliquidaciones hasta el próximo día 20 de mayo de 2020.
En caso que la forma de pago sea la domiciliación, el plazo para su presentación será hasta el día 15 de mayo de 2020.
Dicha medida afecta a los siguientes impuestos:
- Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, IVA)
- Retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades (en adelante, IS).
- Pagos fraccionados del IS.
¿Quién puede beneficiarse de dicha extensión?
- Aquellos autónomos y empresas cuyo volumen de facturación durante el año 2019 no supere los 600.000 euros.
- No podrán aplicarse dicha extensión los grupos empresariales que apliquen el Régimen Especial de Consolidación Fiscal del IS o el Régimen Especial de Grupo de Entidades de IVA, con independencia de su cifra de facturación.
Cabe subrayar que aquellos contribuyentes que ya hayan presentado las autoliquidaciones relativas al 1er Trimestres de 2020, optando por la domiciliación bancaria como método de pago, cuyo plazo de presentación finalizaba hoy día 15 de abril, verán que el cargo en su cuenta bancaria no se realiza hasta el próximo día 20 de mayo de 2020.
Autor: Laura Lamas